Moisés Valadez Luna
En el caso de Mario Villanueva Madrid, en el que este Iconoclasta comparte el punto de vista de la defensa del exgobernador de Quintana Roo, el cual considera que: si se cumple estrictamente con el marco jurídico y no se interpones cuestiones políticas, Mario debe quedar libre.
Para que el lector tenga una visión más certera, que las interpretaciones de perspectivas diferentes, me permito reproducir el siguiente comunicado de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
“NOTIFICA LA SRE A MARIO VILLANUEVA MADRID SU EXTRADICIÓN A ESTADOS UNIDOS.
Miércoles 7 de Noviembre de 2007 Comunicado 309, Ciudad de México.
La Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) informa que el día de hoy, con base en la opinión jurídica que el pasado 9 de octubre emitió la Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, notificó al señor Mario Ernesto Villanueva Madrid, el Acuerdo por el cual el gobierno de México concede al de los Estados Unidos de América (EUA), su extradición para ser juzgado ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York, por presuntos delitos cometidos en contravención a las disposiciones de los EUA.
La SRE precisa que el acuerdo de extradición no es una causa penal sino un procedimiento administrativo, que consiste en analizar si el país requirente (EUA) cumplió con los requisitos previstos en el Tratado de Extradición correspondiente para estimar procedente la extradición.
Es importante destacar que la SRE no determina si el reclamado es culpable o inocente de los delitos que se le imputan, dado que esto será materia de los procesos penales que se iniciaron ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York, que es la autoridad que libró las órdenes de aprehensión en contra del señor Mario Ernesto Villanueva Madrid.
El señor Mario Ernesto Villanueva Madrid tiene 15 días para promover un amparo y de ser este el caso, corresponderá al Poder Judicial Federal determinar la procedencia o no de la extradición”.
El primer error es motivar y fundamentar que la extradición se da en base a una opinión de una jueza del Distrito Federal, cuando debería ser fundado y motivado por la Dirección Jurídica o Departamento Jurídico de la Secretaría en cuestión.
Parece que más que motivación jurídica o sustento legal, le quieren es hacerle al Poncio Pilatos y lavarse las manos, ya no digo que al que durante la campaña dijo que tenía las manos limpias.
En el segundo párrafo incrusta la Secretaría una contradicción, y reconoce que la extradición es un procedimiento administrativo y no un juicio ¿entonces por qué no emitió la extradición en base a un proceso administrativo, sino que se apegó al juicio de una jueza?
Si la Secretaría de relaciones exteriores no se preocupa por saber si es inocente o culpable una persona que es solicitada por cualquier país con el que se tenga tratado de extradición ¡vaya que si los mexicanos estamos en una indefensión jurídica por parte del estado mexicano! ¡qué pena!
Entonces imagínese amable lector, que la justicia norteamericana está sobre la de nuestro país, ya que ella puede solicitar a quien se le antoje, según este comunicado, sin que nuestras autoridades administrativas tengan que preocuparse en darnos certeza jurídica, tal y como marca nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo mejor que puede hacer la Secretaría para no dejar la impresión de que los mexicanos estamos subordinados a las leyes de los Estados Unidos de América, es que un juez de manera libre defina la situación de Mario Villanueva y si la SER es incompetente para defender a los mexicanos y su sistema jurídico, que proponga una modificación para que sea la suprema corte de justicia (como debe de ser) la que emita la sentencia de extradición.
Ahora sólo nos queda estar al pendiente de que la motivación y la justificación jurídica por parte de la corte en torno a la sentencia de amparo, sea impecable (limpia y libre de pecado), que no deje dudas, por que si no es así, el sistema jurídico que nos rige ya no es el derecho constitucional mexicano sino el de los gringos.
Hasta mañana.
P.D. La cita fue obtenida de la siguiente dirección electrónica http://www.sre.gob.mx/csocial/contenido/comunicados/2007/nov/cp_309.html.
No vaya a ser que me la desaparezcan.
En el caso de Mario Villanueva Madrid, en el que este Iconoclasta comparte el punto de vista de la defensa del exgobernador de Quintana Roo, el cual considera que: si se cumple estrictamente con el marco jurídico y no se interpones cuestiones políticas, Mario debe quedar libre.
Para que el lector tenga una visión más certera, que las interpretaciones de perspectivas diferentes, me permito reproducir el siguiente comunicado de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
“NOTIFICA LA SRE A MARIO VILLANUEVA MADRID SU EXTRADICIÓN A ESTADOS UNIDOS.
Miércoles 7 de Noviembre de 2007 Comunicado 309, Ciudad de México.
La Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) informa que el día de hoy, con base en la opinión jurídica que el pasado 9 de octubre emitió la Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, notificó al señor Mario Ernesto Villanueva Madrid, el Acuerdo por el cual el gobierno de México concede al de los Estados Unidos de América (EUA), su extradición para ser juzgado ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York, por presuntos delitos cometidos en contravención a las disposiciones de los EUA.
La SRE precisa que el acuerdo de extradición no es una causa penal sino un procedimiento administrativo, que consiste en analizar si el país requirente (EUA) cumplió con los requisitos previstos en el Tratado de Extradición correspondiente para estimar procedente la extradición.
Es importante destacar que la SRE no determina si el reclamado es culpable o inocente de los delitos que se le imputan, dado que esto será materia de los procesos penales que se iniciaron ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York, que es la autoridad que libró las órdenes de aprehensión en contra del señor Mario Ernesto Villanueva Madrid.
El señor Mario Ernesto Villanueva Madrid tiene 15 días para promover un amparo y de ser este el caso, corresponderá al Poder Judicial Federal determinar la procedencia o no de la extradición”.
El primer error es motivar y fundamentar que la extradición se da en base a una opinión de una jueza del Distrito Federal, cuando debería ser fundado y motivado por la Dirección Jurídica o Departamento Jurídico de la Secretaría en cuestión.
Parece que más que motivación jurídica o sustento legal, le quieren es hacerle al Poncio Pilatos y lavarse las manos, ya no digo que al que durante la campaña dijo que tenía las manos limpias.
En el segundo párrafo incrusta la Secretaría una contradicción, y reconoce que la extradición es un procedimiento administrativo y no un juicio ¿entonces por qué no emitió la extradición en base a un proceso administrativo, sino que se apegó al juicio de una jueza?
Si la Secretaría de relaciones exteriores no se preocupa por saber si es inocente o culpable una persona que es solicitada por cualquier país con el que se tenga tratado de extradición ¡vaya que si los mexicanos estamos en una indefensión jurídica por parte del estado mexicano! ¡qué pena!
Entonces imagínese amable lector, que la justicia norteamericana está sobre la de nuestro país, ya que ella puede solicitar a quien se le antoje, según este comunicado, sin que nuestras autoridades administrativas tengan que preocuparse en darnos certeza jurídica, tal y como marca nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo mejor que puede hacer la Secretaría para no dejar la impresión de que los mexicanos estamos subordinados a las leyes de los Estados Unidos de América, es que un juez de manera libre defina la situación de Mario Villanueva y si la SER es incompetente para defender a los mexicanos y su sistema jurídico, que proponga una modificación para que sea la suprema corte de justicia (como debe de ser) la que emita la sentencia de extradición.
Ahora sólo nos queda estar al pendiente de que la motivación y la justificación jurídica por parte de la corte en torno a la sentencia de amparo, sea impecable (limpia y libre de pecado), que no deje dudas, por que si no es así, el sistema jurídico que nos rige ya no es el derecho constitucional mexicano sino el de los gringos.
Hasta mañana.
P.D. La cita fue obtenida de la siguiente dirección electrónica http://www.sre.gob.mx/csocial/contenido/comunicados/2007/nov/cp_309.html.
No vaya a ser que me la desaparezcan.

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